BASES LEGALES QUE RIGEN EL SISTEMA EDUCATIVO EN MÉXICO
México es una República representativa, democrática y federal, constituida por 31 estados
y por un Distrito Federal.
El artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley
General de Educación (1993), son los principales instrumentos legales que regulan al
sistema educativo y establecen los fundamentos de la educación nacional.
Los documentos legales que actualmente se encuentran en vigor en materia educativa
son: la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en especial sus artículos 3°
y 31; la Ley General de Educación; la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,
en particular su artículo 38; y el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
En particular, el artículo tercero de la Constitución, cuya
reforma fue aprobada en 1993, establece el derecho que tienen todos los individuos en
México a la educación preescolar, primaria y secundaria. Por otra parte, el artículo 31
constitucional también fue reformado para establecer la obligación de los padres de enviar
a sus hijos o pupilos a la escuela para que cursen los niveles de educación obligatorios, es
decir, la primaria y la secundaria (educación básica).
La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal fue promulgada en 1976 y las
últimas reformas ocurrieron en febrero y mayo de 1992. El artículo 38 establece las
atribuciones de la Secretaría de Educación Pública (SEP).
El Reglamento Interior de la SEP, describe las funciones específicas del Secretario de
Educación Pública, de los Subsecretarios, de las Direcciones Generales y de los Órganos
Administrativos Desconcentrados de la SEP.
La Ley para la Coordinación de la Educación Superior del 29 de diciembre de 1978,
contiene un conjunto de principios y disposiciones mediante los cuales se establecen las
condiciones de integración, composición, expansión y desarrollo de la educación superior
LA EDUCACIÓN PREESCOLAR
La
educación preescolar es obligatoria y atiende a niños de 4 y 5 años de edad. Se
imparte generalmente en tres grados. El primero y el segundo grados atienden a
niños de 3 y 4 años; el tercer grado a los de 5 años. La educación preescolar
se ofrece en tres modalidades: general, indígena y cursos comunitarios.
La
Ley General de Educación establece en su artículo 37 que el nivel preescolar,
junto con el de primaria y el de secundaria, forma parte de la educación de
tipo básico.
EDUCACIÓN PRIMARIA
La
educación primaria es obligatoria y se imparte a niños de entre 6 y hasta 14
años de edad; la duración de los estudios es de seis años- dividida en seis
grados. La primaria se ofrece en tres servicios: general, indígena y cursos
comunitarios. En cualquiera de sus modalidades, la educación primaria es previa
e indispensable para cursar la educación secundaria. De acuerdo con las atribuciones
que le confiere la Ley General de Educación, la SEP establece los planes y
programas de estudio para la educación primaria.
EDUCACIÓN SECUNDARIA
La
educación secundaria es obligatoria desde 1993 y se imparte en los siguientes servicios:
general, para trabajadores, telesecundaria, técnica y para adultos. La
secundaria se proporciona en tres años a quienes hayan concluido la educación
primaria.
Generalmente
está dirigida a la población de 12 a 16 años de edad.
Las personas mayores de
16 años pueden estudiar en la secundaria para trabajadores o en la modalidad
para adultos. Este nivel es propedéutico, es decir, necesario para iniciar estudios
medios profesionales o medios superiores.
EDUCACIÓN MEDIA
SUPERIOR
La
educación media superior es aquella que se imparte después de la educación
secundaria, está conformada por tres subsistemas: el bachillerato general, que
además incluye las modalidades de preparatoria abierta y educación media
superior a distancia, el bachillerato tecnológico, modalidad de carácter
bivalente que ofrece la carrera de técnico profesional, a la vez que prepara a
las personas para la continuación de estudios del tipo superior y la educación
profesional técnica, que forma profesionales calificados en diversas
especialidades. Cada una de ellas se configura de manera diferente en cuanto a
los objetivos que persigue, la organización escolar, el currículo y la
preparación general de los estudiantes.
Para
ingresar a la educación media superior es indispensable contar con el
certificado de secundaria, además, la mayoría de las escuelas – privadas y
públicas – exigen la presentación de un examen de admisión. La mayor parte de
las escuelas sigue un plan de estudios de tres años de duración, pero otras
siguen uno de dos años.
El
principal objetivo del bachillerato general es preparar a los estudiantes para
continuar estudios superiores. En esta modalidad, se ofrece una educación de
carácter formativo e integral en la que se le brinda al educando una
preparación básica general, que comprende conocimientos científicos, técnicos y
humanísticos, conjuntamente con algunas metodologías de investigación y de
dominio del lenguaje.
El bachillerato tecnológico busca que el egresado domine alguna rama
tecnológica, además de contar con los fundamentos propios del bachillerato
general. Asimismo, se prepara al estudiante para la aplicación de las bases
científicas, culturales y técnicas que adquiere durante su enseñanza para
resolver problemas en el ámbito laboral. Este enfoque educativo tiene la
finalidad de facilitar la incorporación de los estudiantes a la actividad
productiva que hayan elegido durante sus estudios. Al mismo tiempo, se pretende
que el alumno adquiera los conocimientos necesarios que le permitan - si así lo
desea optar por una educación de tipo superior. De esta combinación surge el
carácter bivalente del bachillerato tecnológico.
La
educación profesional técnica se imparte como una carrera que ofrece la
formación de personal técnico calificado en diversas especialidades. Tiene como
propósito preparar recursos humanos que ocupen mandos intermedios para
desempeñarse laboral mente en funciones como la supervisión, el control y la
evaluación de los procesos de producción. Los alumnos egresados obtienen el
grado de profesional técnico, técnico profesional o técnico básico, según la institución
y tipo de programa que hayan estudiado. Este tipo de estudios no constituye
antecedentes para continuar estudios de educación superior. Los servicios se
prestan en todas las entidades federativas del país y la oferta se planea con
base en estudios de demanda escolar y laboral, en los ámbitos regional y
nacional.
EDUCACIÓN SUPERIOR
Las
funciones primordiales de la educación superior se refieren a la formación de
las personas en los distintos campos de la ciencia, la tecnología, la docencia,
la investigación; también, a la extensión de los beneficios de la educación y
la cultura al conjunto de la sociedad, con el propósito de impulsar el progreso
integral de la nación. En México, la educación superior está conformada por
cuatro tipos de instituciones: universidades, institutos tecnológicos, escuelas
normales y universidades tecnológicas. Comprende los niveles de técnico
superior universitario o profesional asociado, licenciatura, especialidad,
maestría y doctorado.
I.Técnico
Superior Universitario o Profesional Asociado: es la opción educativa posterior
al bachillerato y previa a la licenciatura, orientada fundamentalmente a la
práctica, que conduce a la obtención del título profesional correspondiente.
Este nivel puede ser acreditado como parte del plan de estudios de una
licenciatura;
II.Licenciatura:
es la opción educativa posterior al bachillerato que conduce a la obtención del
título profesional correspondiente;
III.
Posgrado: es la opción educativa posterior a la licenciatura y que comprende
los siguientes niveles:
a)
Especialidad, que conduce a la obtención de un diploma.
b)
Maestría, que conduce a la obtención del grado correspondiente.
c)
Doctorado, que conduce a la obtención del grado respectivo.
Los
estudios de posgrado en el sistema educativo nacional, tienen el propósito de
profundizar los conocimientos en un campo específico y además:
a)
En el caso de especialidades:
1.
Están dirigidas a la formación de individuos capacitados para el estudio y
tratamiento de problemas específicos de un área particular de una profesión,
pudiendo referirse a conocimientos y habilidades de una disciplina básica o a
actividades específicas de una profesión determinada, y
2.
Tienen como antecedente académico el título de licenciatura y están integradas
por un mínimo de 45 créditos.
b)
En el caso de maestrías:
1.
Están dirigidas a la formación de individuos capacitados para participar en el
análisis, adaptación e incorporación a la práctica de los avances de un área
específica de una profesión o disciplina, y
2.
Tienen por lo menos como antecedente académico el título de licenciatura, y
están integradas por 75 créditos como mínimo, después de la licenciatura o 30
después de la especialidad.
c)
En el caso de doctorados:
1.
Están dirigidos a la formación de individuos capacitados para la docencia y la
investigación, con dominio de temas particulares de un área. Los egresados son
capaces de generar nuevo conocimiento en forma independiente, o bien, de
aplicar el conocimiento en forma original e innovadora, y
2.
Tienen por lo menos como antecedente académico el título de licenciatura, y
están integrados por 150 créditos como mínimo, después de la licenciatura, 105
después de la especialidad o 75 después de la maestría.
Por
su régimen jurídico, las instituciones de educación superior pueden
constituirse en universidades públicas autónomas, universidades públicas
estatales, instituciones dependientes del Estado, instituciones privadas sin
reconocimiento de estudios e instituciones privadas reconocidas por la
Secretaría de Educación Pública, los gobiernos de los estados o los organismos
descentralizados del Estado. Las universidades a las que el Congreso de la
Unión o los congresos de los estados les otorguen la autonomía, son organismos
descentralizados del Estado.
Las
instituciones dependientes del Estado son centralizadas o desconcentradas. Sus
autoridades son designadas por el Poder Ejecutivo Federal o por el Poder
Ejecutivo del estado correspondiente. En general, el gobierno federal también
ejerce control sobre la forma de administración y los planes y programas de
estudio. Las instituciones del gobierno federal dependen en su mayoría de la
Secretaría de Educación Pública.
Además
de las instituciones que ofrecen educación superior ya descritas existen otras
- adscritas a diversas dependencias del sector público- que imparten estudios
especializados en áreas como la militar, la naval, la agropecuaria, la de salud
y la de relaciones exteriores.
Las
diferentes ofertas profesionales de nivel licenciatura se agrupan
convencionalmente en seis áreas, de acuerdo con criterios establecidos por la
Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza Superior
(ANUIES). Esta división de las carreras obedece a necesidades de clasificación
y análisis y no tiene fuerza legal alguna. Cada área está seccionada a su vez
en sub-áreas, dentro de las cuales se conjuntan las carreras específicas. Las
áreas son: a) Ciencias Naturales y Exactas; b) Educación y Humanidades; c)
Ciencias Agropecuarias; d) Ciencias de la Salud; e) Ingeniería y Tecnología, y
f) Ciencias Sociales y Administrativas.